jueves, 2 de noviembre de 2017

Límites a las indemnizaciones

El Gobierno de la Nación busca colocar límites a las indemnizaciones para los despidos sin causa y excluir varios ítems de la base salarial para el cálculo, gracias al proyecto de reforma laboral el cual lo detalla el artículo 49° de la Constitución Nacional. La indemnización seguiría siendo de un mes por año trabajado o fracción mayor a tres meses, y se respetarán las indemnizaciones extras por convenio, aunque "hay pocos convenios que las tienen, alrededor de 15", expresó el abogado laboralista Julián de Diego. La base del cálculo que hoy se aplica no puede exceder el equivalente a tres veces el importe mensual que resulta del promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de trabajo aplicable al trabajador. "La modificación que se quiere hacer en el artículo 49° del proyecto y que modificaría el artículo 245° de la ley de contrato de trabajo no es posible, porque hay convenios internacionales de la OIT que ha ido aplicando la Corte", afirma el abogado laboralista Juan Carlos Cerutti. Para concluir el abogado Cerutti, detalla: “En la actualidad hay dos años para poder reclamar rubros salariales que no fueron pagados y que debe la empresa (horas extras, vacaciones, aguinaldo, diferencias salariales). Quieren cambiarlo a un año para bajar el tiempo de reclamo. Esto también es muy discutible, ya que, en general, los reclamos en el Código Civil y Comercial por cualquier índole tienen un plazo de dos años o más, por lo que sería un plazo muy exiguo para las relaciones de trabajo", cierra.

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