miércoles, 12 de febrero de 2014

HDP FOTOGRAFIAN A COMPAÑEROS Y LOS ESCRACHAN POR TWITTER

Atención compañeros, se están viendo en las redes sociales como twitter a usuarios “y no tan” escrachando con fotos a compañeros la ley dice “El que arbitrariamente se entrometiere en la vida ajena publicando retratos, difundiendo correspondencia, mortificando a otro en sus costumbres o sentimientos, o perturbando de cualquier modo su intimidad, y el hecho no fuere un delito penal, será obligado a cesar en tales actividades, si antes no hubieren cesado, y a pagar una indemnización que fijará equitativamente el juez, de acuerdo con las circunstancias; además, podrá éste, a pedido del agraviado, ordenar la publicación de la sentencia en un diario o periódico del lugar, si esta medida fuese procedente para una adecuada reparación” (este artículo sustituía al art. 32 bis del mismo ordenamiento que en sentido similar había agregado la ley 20.889). La ley también dice: El derecho a la privacidad e intimidad, fundado en el artículo 19 de la Constitución Nacional, protege jurídicamente en relación directa con la libertad individual un ámbito de autonomía personal, así como acciones, hechos y datos que, conforme a las formas de vida acogidas por la sociedad, están reservadas al individuo, y cuyo conocimiento y divulgación por extraños implica peligro real o potencial para la misma intimidad (CSJN, 11-12-84, E. D. 112-239). Y agrega Y respecto de la operatividad de las normas constitucionales ésta fue expresamente admitida en un fallo de la Cámara Nacional en lo Civil, sala C, de 7 febrero de 1978 (E. D. 81-434) al decir que aun cuando la norma que actualmente, desde un punto de vista civil, protege la intimidad o vida reservada de las personas (ley 21.173 que sancionó el art. 1071 bis del Cód. Civ., y la anterior derogada por esta ley 20.889, art. 32 bis de dicho Código) no hubiera estado en vigencia cuando se tomó la fotografía motivo de la demanda por la que se procura el resarcimiento del daño moral por violación al derecho a la intimidad, en el Derecho anterior a dichas leyes existían normas constitucionales y legales que no desamparaban completamente el derecho a la intimidad, ya que desde 1968 rige la disposición que consagra en el orden civil, en forma amplia y sin necesidad de que haya juzgamiento penal, el resarcimiento del daño moral. Esta nueva forma de escrachar a trabajadores fue tomada a partir de la publicación de videos y se tomó como modalidad por quienes viajan en el ferrocarril, esto nos afecta a todos seamos del color que seamos, desde tu lugar no permitas que te tomen fotos, denúncialo, acércate a un oficial de seguridad o realiza la denuncia en una comisaria, todos tenemos derechos, hagámoslo respetar.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

en vez de denunciar, no creen que se soluciona TRABAJANDO?

Anónimo dijo...

se trabaja forro recorre pero fijate que no estan dadas las condiciones,trenes cada 25 minutos,llenos hasta el culo,cero seguridad,gente que no quiere pagar porque se viaja mal,asi que cerra el orto

Anónimo dijo...

pónganse a trabajar y se soluciona todo.. vasta de excusas que los trenes, que los pasajeros, que los gendarmes.. vasta loco hace 2 años que se ganan el sueldo sin hacer nada.. me da por las bolas x que yo me rompo el orto limpiando la estación, los baños públicos, las vomitadas las cagadas y los veo a ustedes que se la pasan acobachados tomando mate y boludeando,, vasta loco dejen de robar !!

EL PORQUE DE "HECES DE ARGENTINA"

CON TODO RESPETO A QUIENES HICIERON UN GRANO EN EL ORTO Y NOS HAN OFRECIDO DESDE SU LUGAR UNA VERDADERA LECCIÓN LA VIDA, "HECES DE ARGENTINA" NO INTENTA COPIARLOS, NI IMITARLOS PORQUE ELLOS SON LOS ÚNICOS Y AUTÉNTICOS GRANOS, PERO SI QUEREMOS TRATAR DE OCUPAR UN PEQUEÑO LUGAR PARA QUE NO SE LO EXTRAÑE TANTO...
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LO LOGRAMOS ,YA SON