De que hablan las leyes Leyes Nros. 20.744 y 24.700.REGIMEN DEL CONTRATO DE TRABAJO
Las prestaciones comprendidas en los incisos derogados del artículo 103
bis de la Ley 20.744 que los empleadores vinieran otorgando, adquirirán
carácter remuneratorio de manera escalonada y progresiva, a todos los
efectos legales y convencionales, a razón de un diez por ciento (10%) de
su valor pecuniario por cada bimestre calendario a partir de la entrada
en vigencia de la presente ley.
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EL PORQUE DE "HECES DE ARGENTINA"
CON TODO RESPETO A QUIENES HICIERON UN GRANO EN EL ORTO Y NOS HAN OFRECIDO DESDE SU LUGAR UNA VERDADERA LECCIÓN LA VIDA, "HECES DE ARGENTINA" NO INTENTA COPIARLOS, NI IMITARLOS PORQUE ELLOS SON LOS ÚNICOS Y AUTÉNTICOS GRANOS, PERO SI QUEREMOS TRATAR DE OCUPAR UN PEQUEÑO LUGAR PARA QUE NO SE LO EXTRAÑE TANTO...
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